Desde ADESMA sabemos que llegar a este momento puede generar dudas, incertidumbres o preocupaciones. Y que los trámites para acceder a una plaza de Centro de Día, Residencia o Servicio de Atención Domiciliaria (SAD) pueden ser complejos.
Por eso os acompañamos y os lo hacemos fácil, explicándoos los pasos de manera clara, ofreciendo apoyo y ayudándoos a gestionar toda la documentación necesaria durante todo el proceso.
Podéis contactar directamente con nosotros y os explicaremos qué necesitáis según vuestra situación.
¿Qué es la dependencia?
La dependencia es el estado de las personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan la atención y la ayuda de otra persona (cuidador o cuidadora) en su vida diaria —por ejemplo, para el cuidado personal, alimentarse, vestirse o moverse.
No es exclusiva de la gente mayor: puede afectar a personas de cualquier edad como consecuencia de enfermedades, discapacidades u otras limitaciones. La Ley de la dependencia también protege a los niños menores de tres años, ayudando a sus familias y promoviendo el desarrollo de sus capacidades.
Valorar el grado de dependencia sirve para determinar qué ayudas sociales o prestaciones económicas puede recibir una persona o familia.
Link: Proceso de reconocimiento de la situación de dependencia:
Fuente oficial Generalitat de Catalunya Departament de Drets Socials i Inclusió
Grados de dependencia
Hay tres grados de dependencia, según la ayuda que necesita una persona para hacer las actividades básicas del día a día. Para establecer el grado se utiliza el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD), una herramienta que evalúa qué puede hacer la persona sola, qué ayuda necesita y también tiene en cuenta su entorno.
Esta valoración inicial la hace un profesional a través de una entrevista con la persona y la familia en el domicilio, teniendo en cuenta las circunstancias sociales y económicas actuales.
Procedimiento: solicitud, valoración y resolución
Sigue los pasos para solicitar y obtener el reconocimiento de la dependencia.
Solicitud del reconocimiento
Se puede solicitar en cualquier momento del año. No hay plazos específicos.
- Coste: Gratuito
- Dirigido a: Residentes en Cataluña en situación de dependencia
- Solicitante: Interesado/a, familiar o representante legal
¿Dónde hacer la solicitud?
En el Área Básica de Servicios Sociales (ABSS) o Bienestar Social de tu ayuntamiento. Allí te asignarán una persona de referencia que te acompañará durante todo el proceso. Esta persona te explicará cómo preparar la documentación y los pasos a seguir.
A través de la web oficial de la Generalitat de Catalunya.
- Formulario de solicitud rellenado y firmado.
- Informe de salud: Solo si recibes atención privada (últimos 2 años). Sanidad pública no hace falta.
- Declaración económica: Opcional, recomendada si tienes gastos como alquiler, hipoteca o pensiones.
- Certificado bancario de titularidad: con los datos de la cuenta donde se quiere recibir la prestación económica.
- DNI/NIE/Pasaporte: Del solicitante y si se presenta en nombre de otra persona, documento acreditativo de la representación legal.
- Certificado dependencia: Solo si tienes una discapacidad reconocida fuera de Cataluña.
Cita para la valoración
Tu solicitud se envía al SEVAD (Servicios de Valoración de la Dependencia). Un equipo profesional (enfermería, terapia ocupacional, fisioterapia, trabajo social, psicología y medicina) garantizará una valoración completa.
Contacto previo
Te llamarán (o enviarán carta) para acordar día y hora, e informarte del nombre del profesional.
Visita al domicilio
Un/a profesional vendrá a casa para entrevistarte y observar tu entorno. Es el momento clave para evaluar las necesidades.
Estado del trámite
Puedes consultar cómo va llamando al 012 o en tu Área Privada de la Generalitat.
Determinación del grado
El SEVAD revisa el informe de salud, la entrevista y la observación del domicilio para determinar tu grado. Solo la Administración puede reconocer este grado oficialmente.
Tiempo aproximado
Unos 3 meses desde la visita domiciliaria.
* Si tarda más, consulta a los Servicios Sociales de tu municipio.
Resolución oficial
Recibirás una carta (y SMS/email si lo has activado) con el resultado:
El grado determina a qué prestaciones tienes derecho.
¿No estás de acuerdo?
Tienes 30 días para presentar un recurso administrativo desde el momento que recibes la notificación.
Llamando al 012 o al 932 142 124 (desde fuera de Cataluña).
Acceso a los servicios (PIA)
Una vez tengas el grado, entras en lista de espera. Servicios Sociales te citará para hacer el Programa Individual de Atención (PIA).
El PIA define qué servicio o prestación es mejor para ti. Si quieres saber el tiempo aproximado de espera, puedes dirigirte directamente a Bienestar Social.
